A- de 2024
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Cristina Pardo Schlesinger
✓Claimant Muñoz Guzman Marlon Andres·Respondent Fondo Nacional Del Ahorro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Controversias sobre relaciones laborales con empresas de servicios temporales cuando la entidad pública es usuaria y la regla de vinculación es de trabajador oficial
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Doce Administrativo del Circuito de Bogotá, Sección Segunda, y el Juzgado Veintidós Laboral del Circuito de Bogotá.
La controversia consiste en una demanda ordinaria laboral presentada por un ciudadano, en contra del Fondo Nacional del Ahorro, con la que pretende que se declare que entre las partes existió una relación laboral, en condición de trabajador oficial el demandante, y se ordene en su favor el reconocimiento de los beneficios de la convención colectiva firmada entre el FNA y su sindicato.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena advierte que las funciones que el demandante dice haber desempeñado en el FNA, respaldadas con las certificaciones acompañantes de la demanda, se relacionan con la proyección de actos administrativos y conceptos jurídicos, presuntamente bajo la directriz de la Oficina Asesora Jurídica y de la Vicepresidencia de Cesantías y Créditos, de modo que la relación laboral que el demandante pretende se declare entre él y el FNA se circunscribe, en principio, a labores desempeñadas por un trabajador oficial, tal como él lo señala.
La Sala analiza el precedente de los Autos 1159 de 2021, 1439 de 2023, 407 de 2024 y resuelve en reiteración de la regla de decisión del Auto 1439, según la cual, la jurisdicción ordinaria en su especialidad laboral es competente para conocer de las demandas en las que, en el marco de una relación laboral con una empresa de servicios temporales, se solicita el reconocimiento de derechos laborales -salariales y prestacionales- a la entidad usuaria, cuando quiera que (i) esta sea una entidad pública cuya regla general de vinculación sea la de trabajadores oficiales y (ii) dentro del trámite no pueda desvirtuarse prima facie tal parámetro de vinculación.
Por consiguiente, la Corte dispone el envío del expediente al Juzgado Veintidós Laboral del Circuito de Bogotá para lo de su competencia.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Doce Administrativo del Circuito de Bogotá y el Juzgado Veintidós Laboral del Circuito de Bogotá, en el sentido de DECLARAR que el conocimiento de la demanda promovida por Marlon Andrés Muñoz Guzmán contra el Fondo Nacional del Ahorro, bajo el radicado 2020-050, corresponde al Juzgado Veintidós Laboral del Circuito de Bogotá.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-5645 al Juzgado Veintidós Laboral del Circuito de Bogotá para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado Doce Administrativo del Circuito de Bogotá y a los sujetos procesales.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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